domingo, 27 de mayo de 2018

Medios e instancias de organización estudiantil

-Reglamento.
Artículo 99 
Los estudiantes del Instituto Universitario de Tecnología del Estado Bolívar tienen el deber de:
a) Mantener la disciplina dentro y fuera de la institución. 

b) Acatar las ordenes e instrucciones emanadas de las autoridades de la institución. 

c) Tratar respetuosamente a sus compañeros, personal: docente, administrativo y obrero. 

d) Colaborar con las autoridades de la institución 
e) Cuidar los bienes de la institución. 

f) Asistir puntualmente a las actividades que se programen. 

g) Los demás deberes que señale este reglamento. 




Artículo 100 
El estudiante que incurra en faltas que atenten contra la validez de una prueba, en forma individual o colectiva, será sancionado según la gravedad de las mismas, con: 

a) Suspensión y/o anulación de la prueba, aplicada por el docente. 

b) Amonestación oral o escrita, aplicada por el Jefe del departamento y remitida al expediente del estudiante.
c) Suspensión por uno o dos semestres académicos, aplicada por el Consejo Directivo.

-Centro de estudiantes.
 El Centro de estudiantes del IUTEB es un proyecto visionado a la lucha por la reivindicación estudiantil del Instituto Universitario de Tecnología del Estado Bolívar, un movimiento basado en los principios y valores humanos, dando cabida la trabajo arduo para lograr la unificación de nuestros valiosos estudiantes y nuestra casa de estudio, donde unidos se podrá gestionar que nuestra universidad recupere todo lo que con el tiempo a perdido. Este centro estudiantil tiene un gran equipo comprometido y leal a los estudiantes, pues para una mejor gestión y educación trabajos con inteligencia y corazón y así conseguir la reivindicación estudiantil de nuestro tecnológico de la mano de nuestra población universitaria.   

-Vocerías.
  • Vocero o vocera de Programa Nacional de Formación 
Es el o la estudiante (electo/a) en asamblea que mantiene un enlace permanente entre las vocerías de sección de su respectivo PNF y sus representados en el seno del Consejo Estudiantil del Poder Popular para coordinar y ejecutar los acuerdos que se adopten en ese órgano de toma de decisiones.
  • Vocera o vocero de Sección 
 Es la o el estudiante electo (a) en asamblea estudiantil de cada sección, responsable de elevar los acuerdos sancionados en los espacios de discusión ante las instancias correspondientes. Es un activador y enlace comunicacional de la voluntad de los estudiantes para cumplir con los acuerdos de la asamblea de sección.


Deberes de las Voceras y Voceros del Consejo Estudiantil del Poder Popular.

1. Cumplir con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes. 

2. Defender y practicar la solidaridad nacional e internacional como fundamento de la libertad, la justicia y la paz.

 3. Respetar y hacer respetar los derechos de los estudiantes. Rechazar actos de discriminación étnica, religiosa, política o de cualquier otra índole. 

4. Mantener y promover una conducta apegada a los valores de la ética y la moral, tanto en el plano individual como colectivo. 

5. Promover la contraloría social a todos los niveles e instancias de la universidad, entre otros.

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